Descripción
Resolución 0705 de 2007
Los establecimientos o centros comerciales con una superficie mayor a 15.000 metros cuadrados, deberán contar como mínimo con dos (2) Botiquines Tipo B ó el Botiquín tipo C para todo el establecimiento.
En el evento de que se opte por colocar en el establecimiento o centro comercial un sólo botiquín tipo C, su ubicación será en el Área de Primeros Auxilios.
Los artículos del contenido del botiquin tipo C, se venden por separado.
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