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DÍA DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR

El día de hoy exaltamos la importancia de la celebración del DÍA INTERNACIONAL DEL CONSUMIDOR, que remonta su origen al 15 de Marzo de 1965 en la proclama del entonces Presidente de Estados Unidos Jhon F. Kennedy, que dijo: «Todos somos consumidores. Es el mayor grupo económico que se ve afectado y afecta a casi todas las decisiones económicas públicas y privadas. Sin embargo, es el único grupo importante cuyas opiniones no se escuchan lo suficiente». 

En su discurso el Presidente Kennedy, dejó en evidencia la desprotección del consumidor, frente a malas prácticas empresariales, y poca importancia que se les daba como sujetos activos de derechos.

Colombia por su parte, realizó una serie de avances en esta materia, en especial durante los años 90, con Decreto 3466 de 1982, sin embargo, la cúspide de su logro legal se dio en el año 2011 cuando se ratificó la Ley 1480, ESTATUTO DEL CONSUMIDOR, que establece las garantías con las que cuenta el consumidor en todos sus procesos de compra, y los deberes de los comerciantes y empresas que ofertan sus bienes y servicios.

Con esta normatividad se pretende que el consumidor esté respaldado en cada uno de los momentos de su compra, incluyendo la post-venta: garantías.

Nuestro objetivo, es que los clientes que nos elija, estén satisfecho con sus compras, tal que se sienta motivados en seguir eligiéndonos compra tras compra. Para nosotros es sencillo cumplir el ESTATUTO DEL CONSUMIDOR porque lo hacemos de manera tan natural que hace parte de nuestra estrategia misma de negocios. Es mucho más económico hacer las cosas bien desde el inicio, y ofrecer tan buenos productos que nuestras garantías tiendan a mantenerse en números cercanos a 0.

Esto es ambicioso, ¡pero lo hacemos posible!

Nuestro modelo de negocio, ha sido diseñado bajo 2 premisas fundamentales:

  1. El cliente siempre tiene opciones.
  2. El factor tiempo es lo más importante.

Si el cliente siempre tiene opciones, entonces nuestras decisiones se orientarán a tomar todas las medidas necesarias para acompañar desde el primer acercamiento, escuchar atentamente, brindar atención respetuosa, cumplir las promesas. Así mismo, ser rápido en las respuestas y anticiparnos a las necesidades.

Y si, el Factor tiempo es lo más importante, nuestra logística debe serlo también. Este es un estándar que nos reta cada día.

En otras palabras, queremos ser “una empresa que resuelve”. Y como nos gusta anticiparnos, hemos estructurado nuestro procedimiento Interno de Garantía (Cambios, devoluciones y reembolsos), del cual presentamos nuestra política de garantías a continuación:

ESTRADA Y ASOCIADOS GLOBAL SERVICES S.A.S., se encuentra comprometida con el cumplimiento de los principios generales establecidos en el Estatuto del Consumidor, Ley 1480 del 2011:

  1. Protección de los consumidores frente a los riesgos para su salud y seguridad.
  2. Acceso de los consumidores a información adecuada.
  3. Educación del consumidor.

Para el acompañamiento de los derechos y obligaciones de los clientes, ESTRADA & ASOCIADOS GLOBAL SERVICES S.A.S. se apoya en los siguientes principios:

  1. Los derechos de los consumidores son irrenunciables.
  2. Se responderá por la calidad, idoneidad, seguridad, buen estado y funcionamiento de los productos.
  3. En caso de aplicar garantía, esta será totalmente gratis para el cliente. Incluye transporte.
  4. La responsabilidad de brindar garantía es intransferible.
  5. El cliente no se vincula de ninguna manera en contrato con la empresa, y no será sujeto de intereses en caso de brindársele crédito.
  6. Para aplicar garantía el cliente debe presentar factura de compra.
  7. Los Equipos de Protección Personal no se cambian una vez usados. Los EPCC (Equipos de Protección Contra Caídas): no se cambian, ni se hace devolución del dinero.
  8. El tiempo para solicitar garantía es de 30 días en productos electrónicos y 8 días en las demás líneas.

Se exonerará de responsabilidad de brindar garantía a ESTRADA Y ASOCIADOS GLOBAL SERVICES S.A.S. en los siguientes casos:

  1.  Fuerza mayor o caso fortuito.
  2. El hecho de un tercero.
  3. Uso indebido del bien por parte del consumidor.
  4. Que el consumidor NO atendió las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento indicadas en el manual del producto y en la garantía.

Con esta política estipulada, las decisiones son fáciles, Nos evita estar pensando, o tomando decisiones sobre la marcha. Así mismo, nos preparamos adecuadamente para afrontar los retos que se vayan presentando, al tiempo que optimiza nuestras finanzas y la de nuestros clientes.   

BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA

https://www.ambitojuridico.com/noticias/columnista-online/el-derecho-de-consumo-en-colombia-un-recuento-normativo
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=44306
https://www.sic.gov.co/Que-hay-detras-del-mes-del-consumidor